Ir al contenido principal

ENFERMEDAD PROFESIONAL.

                                                                   Enfermedad laboral o profesional. 
Cita jurisprudencia.
*.- Fecha 03-03-2022. Accidente laboral en hora de descanso pero en las dependencia de la empresa.
*.-Enlace. Responsabilidad del empleador en accidentesy  enfermedades profesionales:https://david897.blogspot.com/2019/01/responsabilidad-del-empleador-en.html
ENFERMEDAD PROFESIONAL.
La Ley N° 16.744 establece que enfermedad profesional es la causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o del trabajo que realiza una persona y que le produzca incapacidad o muerte.
Política Nacional de Seguridad en el Trabajo.
*.- LICENCIAS MEDICAS, PROTECCIÓN, RECHAZO Y RECLAMOS.
*. Cobertura del seguro de invalidez. Fecha 02-09-2021 Recurso de protección deducido contra Junta Médica por no considerar todos los antecedentes del actor para calificar su porcentaje de invalidez, es acogido. https://www. diarioconstitucional.cl/.../recurso-de.../ // Recurso de protección deducido contra Junta Médica por no considerar todos los antecedentes del actor para calificar su porcentaje de invalidez, es acogido. - Diario Constitucional
*.- Tribunal laboral acoge tutela de derechos fundamentales respecto de trabajadora que sufrió acoso. Expone el Tribunal que el acoso laboral de que fue víctima la actora le ocasionó un trastorno depresivo mayor y neurosis laboral, enfermedad calificada como de origen laboral por la Junta Médica del Hospital del Trabajador. Fecha 15 de enero de 2015
Presupuestos fácticos diversos. Fecha 05-06-2021
*.-Demanda de vulneración de derechos acogida.
Existen indicios suficientes de haberse vulnerado la integridad psíquica de la actora. 29-08-2020
https://www.diarioconstitucional.cl/noticias/asuntos-de-interes-publico/2020/08/29/existen-indicios-suficientes-de-haberse-vulnerado-la-integridad-psiquica-de-la-actora/fbclid=IwAR3QCjfXZ5pDu6yD28mveXacSYoj_Ff8_0rW8N_Q94OaK9Px4M_kCoHR9zE
*.- Corte Suprema declara inadmisible recurso de unificación contra fallo que acogió demanda por enfermedad profesional. Fecha 08-09-2020
https://www.pjud.cl/noticias-del-poder-judicial/-/asset_publisher/kV6Vdm3zNEWt/content/corte-suprema-declara-inadmisible-recurso-de-unificacion-contra-fallo-que-acogio-demanda- por-enfermedad-profesional? redirect = https: //www.pjud.cl/noticias-del-poder judicial% 3Fp_p_id% 3D101_INSTANCE_kV6Vdm3zNEWt% 26p_p_lifecycle% 3D0% 26p_p_state% 3Dnormal% 26p_p_mode% 3Dview% 26p_p_column_idpos% 3D2 y fbclid = IwAR1SOkn3qdeVNsRbz-J6PgMcubGYliH3gAhbRpmruwN9_i-HHXMvQ7mR6k8
 Del concepto legal mencionado se infiere que debe existir una relación causal entre el quehacer laboral y la patología que provoca invalidez o causa la muerte, aún cuando no sea de las enumeradas en el reglamento para la calificación y evaluación de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, contenido en el D.S. N° 109, de 1968, del MINTRAB. Dicha resolución debe ser consultada a la SUSESO, la que deberá decidir dentro del plazo de tres meses con informe del Servicio Nacional de Salud, hoy Seremi de Salud. https://www.suseso.cl/606/w3-article-40066.html
*.- Dictamen N°N° 1.834 Fecha: 09-I-2014. Ejército, retiros, accidentes actos del servicio, enfermedades profesionales, pronunciamiento previo Comisión de Sanidad
*.- En fallo unánime. 24-08-2020. Corte de Santiago rechaza recurso de reclamación y confirma sanción a mutual por exigir pagaré en atención de urgencia.
*.- Corte Suprema rechaza recurso de unificación y confirma demanda de profesora por enfermedad profesional https://bit.ly/2JPgfx3 // Fecha : 06/04/2020. La Corte Suprema rechazó recurso de unificación de jurisprudencia y confirmó la sentencia que acogió demanda por enfermedad profesional desarrollada por profesora de la comuna de Alhué, y ordenó el pago de $12.000.000 (doce millones de pesos) a la demandante. https://www.pjud.cl/noticias-del-poder judicial/-/asset_publisher/kV6Vdm3zNEWt/content/corte-suprema-rechaza-recurso-de-unificacion y-confirma-demanda-de-profesora-por-enfermedad-profesionalredirect=https://www.pjud.cl/noticias-del-poder judicial% 3Fp_p_id% 3D101_INSTANCE_kV6Vdm3zNEWt% 26p_p_lifecycle% 3D0% 26p_p_state% 3normal% 26p_p_mode% 3Dview% 26p_p_col_id% 3Dcolumn2% 26p_p_col_pos% 3D1% 26p_p_col_count% 3D2 y fbclid = IwAR1DspISbbIEIfcahYI5T7F0uUVmyCvHtvwwEJmxpn77gH7sxOW8GXs3W4I
*.- En fallo unánime. 16 DE MAYO DEL AÑO 2019.

CS declara confirma fallo que acogió demanda por enfermedad profesional. El máximo Tribunal confirmó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que acogió la demanda deducida en contra de la empresa metalúrgica.https://www.diarioconstitucional.cl/noticias/asuntos-de-interes-publico/2019/05/16/cs-declara-confirma-fallo-que-acogio-demanda-por-enfermedad-profesional/.

*.- Por unanimidad. 26 de febrero del año 2020.
CS revocó sentencia y acogió protección contra COMPIN por no declarar enfermedad como invalidante.https://bit.ly/3c9MLa9 
En fallo unánime, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago y en su lugar acogió protección deducida por paciente con trastorno depresivo recurrente asociado a una TDP del clúster C”, además de una Rosácea severa refractaria a tratamiento en contra de la decisión de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez, frente a su negativa acoger el recurso de reconsideración presentado por la actora para recalificar su condición actual como invalidante.https://www.diarioconstitucional.cl/noticias/jurisprudencia-judicial/2020/02/26/cs-revoco-sentencia-y-acogio-proteccion-contra-compin-por-no-declarar-enfermedad-como-invalidante/?fbclid=IwAR1kK7wBvk8-fT28uhh4qUJ6vgh44Y2h6ONxCeX5Cmu6cQsgnZi0NTpGbq0.
*.- CS acogió recurso de unificación de jurisprudencia. Fecha 28-04-2020

Artículo 184 del Código del Trabajo impone un alto estándar de cuidado para el empleador. Vea texto íntegro de la sentencia Rol Nº4994-2019. Lo obliga a proteger "eficazmente" la vida y la salud de los trabajadores, pero las "medidas necesarias" que debe tomar dependen de la situación concreta de los servicios que presta el trabajador y de los riesgos a que está expuesto con su labor.https://www.diarioconstitucional.cl/noticias/asuntos-de-interes-publico/2020/04/28/articulo-184-del-codigo-del-trabajo-impone-un-alto-estandar-de-cuidado-para-el-empleador/?fbclid=IwAR0KMZfko9e-7INjsmdQB_84MgA6M57HuL5ic9tvKsEP0o2jRvvtsRY58_4

*.- En fallo unánime. 15-07-2020
*.- Accidente laboral: Corte Suprema ordena a municipio indemnizar solidariamente a trabajador que sufrió accidente invalidante https://bit.ly/303ikOT/// https://www.pjud.cl/noticias-del-poder-judicial/-/asset_publisher/kV6Vdm3zNEWt/content/corte-suprema-ordena-a-municipio-indemnizar-solidariamente-a-trabajador-que-sufrio-accidente-invalidante?redirect=https://www.pjud.cl/noticias-del-poder judicial%3Fp_p_id%3D101_INSTANCE_kV6Vdm3zNEWt%26p_p_lifecycle%3D0%26p_p_state%3Dnormal%26p_p_mode%3Dview%26p_p_col_id%3Dcolumn2%26p_p_col_pos%3D1%26p_p_col_count%3D2&fbclid=IwAR1E_2QwT0v8uZGKPB1OW9PMB_cS56v7KYqsNeEDrI_AWuAbYKDKeoksISM
*.- Se recurrió de nulidad.

Tribunal laboral acoge tutela de derechos fundamentales respecto de trabajadora que sufrió acoso. Expone el Tribunal que el acoso laboral de que fue víctima la actora le ocasionó un trastorno depresivo mayor y neurosis laboral, enfermedad calificada como de origen laboral por la Junta Médica del Hospital del Trabajador. Fecha 15 de enero de 2015



Comentarios

Entradas populares de este blog

Docentes y Asistentes: horario de colación.

No siempre el funcionario sabe como  acreditar el cumplimiento de las normas legales, convencionales y arbitrales infringidas; o bien, la existencia de un error de hecho, es por ello que este trabajo lo he realizado para colaborar y orientar sobre el Derecho al tiempo de Colación, pudiendo este tema tratarse en negociaciones con el empleador. Dictamen. Fecha 11-08-2021 DT emite pronunciamiento sobre el tiempo para colación de los asistentes de la educación que se desempeñan en establecimientos educativos particulares . https: // www. diarioconstitucional.cl/.../ dt-emite ... / https: // www. diarioconstitucional.cl/2021/ 08/11 / dt-emite- pronunciamiento-sobre-el- tiempo-para-colacion-de-los- asistentes-de-la-educacion- que-se-desempenan-en- establecimientos- educacionales- particulares /? fbclid = IwAR37ewcPhjhfDiFRX87nq8utNsvG zLjOt8UoiyATRAhr3oTwgswgVKAnfz U 1.- Dictamen  N ° 2.926 Fecha: 04-II-2020  Asistentes de la Educación media hora de colación  : se advierte que el d

VACACIONES DE VERANO ESTATUTO DOCENTE Y ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN.

Al finalizar el año académico el 31 de diciembre, es llegar a la meta cansado, agobiado y en muchos casos los funcionarios, tanto docentes como Asistentes de la educación con problemas en su salud mental, con depresión, ansiedad, agotamiento, es parte de nuestra realidad.                                                          Luego en muchos cosos a última hora el empleador comunica que están obligados a trabajar durante las tres primeras semanas de enero, vacaciones que se fraccionan y además se demuestra la voluntad del empleador de llamar al ingreso al trabajo en forma anticipada, disminuyendo de esta forma el feriado legal, son todas medidas que desconocen las condiciones de cansancio y de salud mental de los funcionarios.  Todas estas medidas impuestas, algunas de ellas arbitrarias  e ilegales que  agravan  las condiciones psicolaborales de los trabajadores y tienen  efectos adversos en la productividad, ya que al ingreso al trabajo luego del feriado legal con seguridad

Asignaciones de responsabilidad Directiva y Técnico Pedagógico.

Poder Judicial de Chile 2 0   d e   m a r z o   a   l a s   1 3 : 0 1    ·  Corte de Santiago confirma fallo que acogió demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones de directora de liceo https://bit.ly/42nYkVt *.- Encargado de Convivencia tiene derecho a la asignación pedagógica. https://colegioyeducacion. blogspot.com/2018/10/ encargado-de-convivencia- tiene-derecho.html Encargado de convivencia no es docente directivo. https://david897.blogspot.com/ 2016/04/encargado-de- conviviencia-no-es_3.html   Los profesionales de la educación que desempeñan la función de Encargado de Convivencia Escolar tienen derecho a percibir la asignación de responsabilidad técnico-pedagógica por tratarse de funciones superiores de carácter técnico pedagógica. Enlace. ORD. N°4387 .  https://www.dt.gob.cl/legislacion/1624/w3-article-117597.html Asignación Encargado de Convivencia: 028994N19 | 12-11-2019 |  MUN, encargado de convivencia escolar, cargo desempeñado por asistentes de la