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Docentes y Asistentes: horario de colación.


No siempre el funcionario sabe como  acreditar el cumplimiento de las normas legales, convencionales y arbitrales infringidas; o bien, la existencia de un error de hecho, es por ello que este trabajo lo he realizado para colaborar y orientar sobre el Derecho al tiempo de Colación, pudiendo este tema tratarse en negociaciones con el empleador.
1.- Dictamen  N ° 2.926 Fecha: 04-II-2020  Asistentes de la Educación media hora de colación  : se advierte que el derecho a colación, consagrado en el artículo 39 de la ley N ° 21.109. Jornada de 43 horas, salvo que esa jornada contemple 8 o más horas al día (aplica criterio del dictamen N ° 47.801, de 2015) . N ° 2.926 Fecha: 04-II-2020 https://www.contraloria.cl/pdfbuscador/dictamenes/002926N20/html 
Dictamen tiempo de colación a docentes debe imputarse a la jornada laboral.Dictamen 25.303 Oct.2018 Colación Docente | PDF | Tiempo de trabajo | Justicia (scribd.com)
El tiempo de colación de los docentes, regidos por la ley N ° 19.070, debe imputarse a la jornada laboral, cuando esta es igual o superior a 43 horas cronológicas semanales. Aclara la jurisprudencia que indica. https://www.contraloria.cl/ pdfbuscador / dictamenes / 025303N18 / html .
Debe haber una continuidad en el desarrollo del proceso educativo en los establecimientos al darle el favor a los asistentes de la educación, ratificando los dictámenes del 2010 y 2012 Asistentes del Educación. Enlace hora de colación de los Asistentes de la Educación:           Dictamen hora de colación 2016 10 ago. 2016 -  DICTAMEN  DE CONTRALORÍA FALLA A FAVOR DE LA MEDIA HORA ... HORA DE  COLACIÓN  PARA LOS   ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN  ... de la educación tienen  derecho  a hacer uso del horario de  colación , dentro de ...
https://confemuch.cl/dictamen-de-contraloria-falla-a-favor-de-la-media -hora-de-colacion-para-los-asistentes-de-la-educacion /
La Contraloría Regional de La Araucanía ha remitido las presentaciones del alcalde dela Municipalidad de Padre Las Casas, todos docentes de la Escuela Darío Salas de esa comuna, mediante las cuales solicitan determinar si el horario de colación de los profesionales de la educación puede imputarse a la jornada laboral, como habría ocurrido en la especie.  Requerida de informe, la Subsecretaría de Educación manifestó que, según lo dispuesto en el artículo 71 del Estatuto Docente y lo resuelto en la jurisprudencia de este Organismo Contralor que cita, correspondencia aplicar el artículo 34 del Código del Trabajo, considerando el tiempo destinado a la colación no laborado para el cómputo de la jornada diaria. Como cuestión previa, es útil recordar que a partir del dictamen N ° 53.155, de 2004, esta Institución Contralora ha concluido que no resulta procedente imputar a la jornada diaria de los profesionales de la educación el lapso que utilizan para la colación, por cuanto el mencionado artículo 34, inciso primero, del Código del Trabajo -aplicable supletoriamente en la especie, de conformidad con lo establecido en el aludido artículo 71 de la ley N ° 19.070-,
Sobre el particular, cabe señalar que el decreto N° 1.897, de 1965, del entonces Ministerio del Interior, reglamentó la implantación de la jornada única o continua de trabajo para los servicios públicos de determinadas localidades del país.Dentro de las actividades que enuncia dicho cuerpo normativo, contempla en su numeral 1°, letra b), a los establecimientos educacionales tanto públicos como privados.
Su número 4° dispone que “La jornada de trabajo se interrumpirá en las actividades mencionadas en el número anterior por un intervalo de 30 minutos”.Enseguida, añade que “Dicho intervalo no se imputará a la jornada efectiva de trabajo en las actividades privadas regidas por el Código del Trabajo. En el resto de las actividades el intervalo será de cargo de los empleadores y se imputará a la jornada de trabajo”. El inciso cuarto del mismo numeral agrega que “No tendrán derecho a la interrupción de la jornada continua de trabajo con cargo a los empleadores, los trabajadores que tengan una jornada inferior a 43 horas semanales”. Precisado lo anterior, es importante consignar que el decreto N° 2.592, de 1996, del entonces Ministerio del Interior, incorporó a la Región de La Araucanía -dentro de la cual se ubica el municipio de que se trata-, entre las localidades afectas al régimen de jornada única o continua de trabajo. En consecuencia, cabe concluir que los docentes regidos por la ley N° 19.070, y en particular los de la Municipalidad de Padre Las Casas, tienen derecho a hacer uso del horario de colación, dentro de la jornada de trabajo, con cargo a esta, cuando aquella sea igual o superior a 43 horas cronológicas semanales (aplica criterio del dictamen N° 55.490, de 2016). Finalmente, es del caso destacar que se encuentra en tramitación en el Congreso Nacional un proyecto de ley (Boletín N° 11483-04), cuya finalidad es asegurar que el derecho a colación sea siempre imputable a la jornada laboral de los profesionales y asistentes de la educación.

Comentarios

  1. Existe algún impedimento para que los profesores rurales con 44 horas no tengan derecho a este beneficio?

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  2. Buenas tardes una consulta, tengo 44 horas semanales, pero no se me incluye ninguna hora de colación, eso es legal?

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    1. Mínimo 30 minutos, es posible que su horario de colación este incluido como trabajado.

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  3. Y qué pasa con los profesores que trabajan en colegios con doble jornada? A nosotros la hora de.colación no la contemplan en nuestro horario laboral

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    1. Si no lo contempla es porque no es parte de la jornada de trabajo y cuyo tiempo es superior a 45 minutos.

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  4. Buenas tardes, una consulta.
    Tengo 44 cronológicas de contrato como docente.
    Me acaban de entregar mi horario y creo que la ley no está siendo llevada como corresponde.
    Mi horario de trabajo según mi director es de 8:20 a 18:20 (lunes a jueves) y viernes de 8:20 a 14 hrs.
    La pregunta es ¿ Se está cumpliendo la ley en este horario o estoy trabajando tiempo demás?

    Muchas gracias por el servicio que presta.

    Saludos

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    1. Buenas tardes, si usted firma un ingreso 8,20 y salida 18.20, no le están respetando el horario de colación. contraloria. No siempre los equipos directivos son los más idóneos, es por eso que debemos leer e informarnos mucho. Cariños.

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  5. Solo debe verificar las 44 horas cronológicas. El asunto es que si hace clase en aula, ahí opera la relación 35-65 quedando horas no lectivas.
    Ahora ese horario permite contar horas seguidas de 9 horas cronológicas diarias de lunes a jueves, lo que equivale a 36 horas y quedan 8 horas para el día viernes y trabaja menos.
    Esta considerada la hora de colación, si no el horario seria , ingreso y egreso en la jornada de la mañana, ingreso e egreso en la jornada de la tarde, en este otro caso, saldría más tarde todos los días.

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    1. Disculpe, pero en el horario que presenta la docente, trabaja 10 horas diaria de lunes a jueves y 5.40 hrs el viernes. Claramente no le están respetando el horario de colación

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  6. Buen día, consulta.
    El tiempo de colación es imputable a la jornada laboral de los profesores solo cuando almuerzan dentro del establecimiento?

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  7. Es imputable, siempre y cuando desarrolle una actividad laboral, en caso contrario el docente puede ir almorzar donde le parezca. Al no ser que tengan este beneficio por acuerdos y sea un derecho adquirido.

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  8. Buenas Noches.....
    Una consulta......
    Este beneficio de lues a viernes o solo de lunes a jueves ?????
    Agradezco su respuesta !!!!!

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  9. Puede ser un día, todos los días, depende de su horario y las horas de contratación. Además si existen acuerdos colectivos o derechos adquiridos, de todo eso yo no tengo forma de saberlo.

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  10. Buenas tardes, Tengo contrato por 44 hrs, y nos han determinado 1 hora cronológica no pagada. He manifestado intención de reducirla a media hora, pero me señalan que no se puede. Es decir, no es pagada, ni tampoco podre reducirla a media hora. ¿Es legal?

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  11. Hola
    Consulta, tengo 39 hrs
    Puedo imputar el tiempo de colación a mi horario laboral?
    Mi tiempo de colación es en el mismo colegio,
    Puedo desarrollar por ejemplo planificaciónes en la media hora restante o depende de mi empleador para designar ese tiempo?

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  12. Buenas noches, si trabajo en un colegio particular subvencionado como docente con 44 hrs igual deben imputar mi tiempo de colación en mi jornada.

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  13. Si trabajo en un colegio particular subvencionado con 44 hrs igual.deben imputar mi horario de colación a mi jornada laboral?

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    1. Hola, sobre ese asunto de la media hora de colación, puede ser. No es obligación si no fuera necesidad del servicio. Ahora para ser preciso Ud. no dice cuál sería su horario de colación. Ejemplo: Salgo a las 13 Horas y la jornada de la tarde inicia a las 14 horas.
      Si el tiempo para la colación ocupa 30 minutos y el resto del tiempo no presta servicio alguno, por qué se debía considerar trabajado.
      Es decir con la poca información debo ponerme en situaciones hipotéticas. Ahora bien siempre recomiendo la constitución de sindicatos en las cuales este tiempo y otros tiempos se negocien.

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  14. Hola buenas tardes en caso que la corporacion en la cual trabajo tiene contemplado el horario de almuerzo dentro de la jornada laboral. Y tengo 44 horas y tengo la duda de si para realizar la carga horaria se debe descontar las horas de almuerzo que serian 3 horas, por lo tanto la carga horaria se debe realizar con 41 hrs o estoy equivocada, me puede orientar por favor?

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  15. Hola me gustaeia saber si una persona con 37 horas semanales pueden obligarla a salir mas tarde agregando el horario de colecion, cuando la persona asi no lo quiere ni lo necesita, ella sale mas tarde para el consejo de profesores, su horario es 3 dias de 7:30 a 15:30 , un dia de 7:30 a 18:00 y un dia de 7:30 a 13:30 ( este dia es el viernes y no contempla colacion) 4 dias tiene 45 minutos de colacion

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  16. Buenas noches tengo 30 horas cronológicas y mi directora me dice que no puedo salir a del establecimiento a almorzar, de lo contrario tendría que recuperar ese tiempo por la tarde. Mi consulta es si esto esta dentro de lo legal?.
    Desde ya mucha gracias.

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  17. Buenas tardes, soy asistente de la educación con 44 horas de contrato del sistema público, quería consultar por los 30 minutos de colación, ya sabemos que son de cargo del empleador por la ley 21.109.
    La pregunta es, puedo tomarme los 30 minutos de colación, fuera del Establecimiento Educacional, ya que según nuestro empleador no se puede, no entrega argumento legal.
    Muchas gracias, atento a su comentario.

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  18. Hola tengo 44 horas de contrato mi horario era de 44 de permanencia hasta este año (8:30 a 18:00 de lunes a jueves y viernes de 8:30 a 14:30), pero este año el director me señaló que con 44 horas se deben hacer 38 horas lectivas y16 no lectivas (pedagógicas) quedando mi horario de permanencia de 8:30 a 18:00 de lunes a Jueves y el viernes08:30 hasta las 16:45 ( sumando 46 horas 15 de permanecía semanal) con el fin de que clacen las lectivas y no lectivas. Desde el 2016 que los viernes salía temprano... Siento que no corresponde que me contraten por 44 y tenga que hacer 46
    Quizás estoy equivocada?

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  19. Buenas tardes trabajo en un colegio municipal tengo 44 horas y nuestra media hora de colación no está considerada dentro de la jornada de trabajo por lo antes mencionado de lunes a viernes entro a las 08:00 y salgo los días lunes martes y mieércoles a las 18:00 horas el día jueves a las 17:30 y el viernes 14:30 como puedo pedir que la hora de colación sea imputable, agradecería si puede orientarme.

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  20. Hola, consulta.: trabajo para el sistema municipal soy Educadora de Párvulos mi contrato es de 44 horas (65/35), trabajo en dos escuelas en una hago 26 y en la otra 18, mi pregunta es si mi hora de almuerzo me la deben contar como hora trabajada o la debo devolver? . Desde ya muchas gracias

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  21. Hola, consulta.: trabajo para el sistema municipal soy Educadora de Párvulos mi contrato es de 44 horas (65/35), trabajo en dos escuelas en una hago 26 y en la otra 18, mi pregunta es si mi hora de almuerzo me la deben contar como hora trabajada o la debo devolver? . Desde ya muchas gracias

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    1. Anónimo3/06/2023

      Hola, en primer lugar el tiempo de traslado de un colegio a otro en el mismo día es tiempo considerado parte de la jornada de trabajo y lo mismo el horario de colación de 30 o 45 minutos.
      Saludos.

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  22. Hola, consulta.: trabajo para el sistema municipal soy Educadora de Párvulos mi contrato es de 44 horas (65/35), trabajo en dos escuelas en una hago 26 y en la otra 18, mi pregunta es si mi hora de almuerzo me la deben contar como hora trabajada o la debo devolver? . Desde ya muchas gracias

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    1. Srta. Elizabeth, son pocos los datos, de inicio el tiempo de traslado de un colegio al otro para efectos legales se considera trabajado, en especial si dentro de la jornada debe ir entre uno y otro establecimiento.
      Seguidamente conviene tener presente que el tiempo de colación es solo de 30 minutos, luego de los cuales debe asumir funciones.
      Existen una serie de variables que desconozco, como la negociación interna con el empleador, acuerdos internos asumidas con la dirección del establecimiento y si Ud efectivamente solo cuenta con los 30 minutos.
      Solo a modo de ejemplo, hay casos que funcionarios salen en la jornada de la mañana a las 13 horas y regresan a las 15 horas, pero a modo de organización interna dicho tiempo se considera trabajado, esto en la llamada flexibilización horaria e inicio de clases presenciales de forma progresiva en la que también se contemplan cambios en los bloques de clases, de 45 a 30 minutos, con esto realizando jornadas más compacta.
      Así las cosas, si sus dudas persisten debe recurrir a la Contraloría para que entregue un dictamen jurídico sobre su situación especial.
      Saludos.

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  23. Anónimo3/02/2023

    Buenas tardes, tengo una duda, soy educadora diferencial en colegio particular subvencionado, 44 hrs de contrato, el mínimo de la hora de almuerzo puede ser de 30 minutos o tienen que ser 45 minutos obligatoriamente.
    gracias

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    1. Anónimo3/27/2023

      Son 30 minutos. Debe negociarse con el sindicato y en el caso que se hubieran entregado estas horas o más de 30 minutos, aquello pasa a constituir derecho adquirido.

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  24. Anónimo3/07/2023

    Buenas noches , tengo 40 horas de contrato, pero en este no esta contado ni los recreos ni el horario de colación, o sea en total hago 43 hrs. Semanales, eso corresponde?

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    1. Anónimo3/27/2023

      Debe trabajar las horas contratadas. en caso que el empleador no responda su petición e incluso habiendo dado debida respuesta, aquella debe adjuntar en su presentación a Contraloría.

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  25. De Lunes a Jueves me respetan el horario de colación, el Viernes se trabaja hasta las 14.30, luego tenemos talleres de 2 hr y se consideran en mi carga horaria, pero no me cuentan la colación aludiendo que la ley no lo permite ¿Es legal eso? qué ley o art. lo respalda, de lo contrario, ¿Qué art. me respalda a mí?

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  26. Anónimo3/24/2023

    Una consulta......
    Este beneficio de lunes a viernes o solo de lunes a jueves ?????
    Agradezco su respuesta !!!!!

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    1. Anónimo3/27/2023

      Respecto del horario de colación es cuando aquello se necesita, si no no tiene sentido. En aquellos casos que existan dudas debe consultar a la Contraloría, cuya presentación debe acompañar la evidencia de la falta de respuesta del empleador respecto del asunto de la colación.

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  27. Anónimo4/03/2023

    Buenas tardes, estoy en colegio municipal, tengo 43 horas de contrato y 30 horas lectiva y mi horario es de 8:30 a 16:00 de lunes, martes y jueves, miércoles de 8:30 a 18:30 y el viernes 8:30 a 14:30. Quería saber si estoy bien en mis horas ya que me indican que mi horario de colación esta contabilizada.

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  28. Anónimo8/10/2023

    Buenas tardes! Tengo 44 horas y quisiera saber si puede salir del establecimiento a almorzar a mi casa sin el descuento de horario?

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    1. Anónimo11/10/2023

      Buen día, mi consulta es si estamos legalmente obligados a realizar el horario de colación dentro de nuestro establecimiento (Asistentes de la Educación) Gracias

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    2. Anónimo11/10/2023

      Buen día, mi consulta es si estamos legalmente obligados a realizar el horario de colación dentro de nuestro establecimiento (Asistentes de la Educación) Gracias

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