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Funcionarios públicos privados para ejercer por 5 años .

No siempre el funcionario sabe como  acreditar el cumplimiento de las normas legales, convencionales y arbitrales infringidas; o bien, la existencia de un error de hecho, es por ello que este trabajo lo he realizado para colaborar y orientar. Quiénes son los funcionarios públicos que quedan privados para ejercer por 5 años. El orden estatutario o legal, conforme lo expresa el inciso primero del artículo 38 de la Constitución Política de la República y fluye de lo prescrito por el artículo 12 de la Ley Orgánica Constitucional Nº 18.575 que establece las Bases Generales de la Administración del Estado, texto este último que preceptúa que "el personal de esa administración debe regirse por las normas estatutarias que establezca la ley , en las cuales se regulará su ingreso, los deberes y derechos, la responsabilidad administrativa y la cesación de funciones". Los funcionarios Código del Trabajo y aquellos regidos por el Estatuto Docente y otros estatutos no son funcionario

ENFERMEDAD PROFESIONAL.

                                                                   Enfermedad laboral o profesional.  Cita jurisprudencia. *.- Fecha 03-03-2022. Accidente laboral en hora de descanso pero en las dependencia de la empresa. Suprema da espaldarazo a trabajador y contradice a Suseso y ACHS en calificación de accidente laboral - Diario Financiero (df.cl) *.-Enlace. Responsabilidad del empleador en accidentesy   enfermedades  profesionales: https://david897.blogspot.com/2019/01/responsabilidad-del-empleador-en.html ENFERMEDAD PROFESIONAL. La Ley N° 16.744 establece que enfermedad profesional es la causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o del trabajo que realiza una persona y que le produzca incapacidad o muerte. Política  Nacional de Seguridad en el Trabajo. https://david897.blogspot.com/2018/01/cut-destaca-el-rol-de-las-y-los.html *.- LICENCIAS MEDICAS, PROTECCIÓN, RECHAZO Y RECLAMOS. David Maturana Céspedes (david897.blogspot.com) *. Cobertura del seguro de

Psicopedagogos y el Estatuto Docente.

No siempre el funcionario sabe como  acreditar el cumplimiento de las normas legales, convencionales y arbitrales infringidas; o bien, la existencia de un error de hecho, es por ello que este trabajo lo he realizado para colaborar y orientar. *.- PSICOPEDAGOGO (A) Cuándo un Psicopedagogo se rige por el Código del Trabajo y cuándo  al Estatuto Docente,  quienes conforme a lo dispuesto en el artículo 2°, inciso primero, de la L ey N° 19.070 , sean profesionales de la educación -concepto que incluye a quienes están autorizados para impartir docencia de acuerdo con la normativa contenida en el  decreto N° 352 de 2003 , del Ministerio de Educación, que Reglamenta el Ejercicio de la Función Docente-, siempre que estén en alguna de las hipótesis de los artículos 3° o 4° de la  Ley N° 20.158 . *.- ¿Puede un psicopedagogo desempeñar el rol del ... - SciELO. por M Pérez Solís - ‎2011 - ‎ Mencionado por 8   - ‎ Artículos relacionados Posteriormente,  en  1981 este curso  se  inicia  en  l